General Questions

PREGUNTAS FRECUENTES
   
  • Financiación IVF
¿Qué tipo de instrumentos financieros podemos encontrar en IVF?
¿Qué Líneas de préstamos existen en IVF?
¿Puedo financiar mi circulante a través de las Líneas de IVF?
¿Qué es el Préstamo Participativo?
¿En qué se diferencia la financiación de IVF mediante un préstamo participativo de la realizada mediante un préstamo ordinario?
¿En qué se diferencia el préstamo participativo del capital riesgo?
¿Qué ayudas concede IVF?
¿El IVF concede leasing, renting o préstamos ICO?
¿De qué importe son los préstamos que ofrece IVF?
¿Cómo se calcula el tipo de interés de los préstamos participativos del IVF?
¿Qué garantías son necesarias?
¿Qué comisiones tienen los préstamos?
¿Qué plazo de vencimiento tienen las operaciones?
¿De qué plazo puede ser la carencia de las operaciones?
¿Cuándo recibe la empresa los fondos?
¿Puedo cancelar anticipadamente el préstamo?
¿Se puede solicitar simultáneamente financiación a través de diferentes líneas?
¿Es posible que el IVF conceda financiación por una cuantía mayor a lo solicitado en el formulario de solicitud?
¿IVF participa en entidades de capital riesgo?
¿Qué hay que hacer si una empresa está interesada en un fondo de capital riesgo?

  • Operativa IVF
¿Cómo se tramitan los préstamos del IVF?
¿Cuáles son las fechas de presentación de las solicitudes?
¿El IVF financia un proyecto empresarial al 100%?
¿La obtención de la financiación del IVF es compatible con otros préstamos o ayudas?
¿Es necesario un aval para obtener financiación?
¿Qué empresas deben presentar cuentas anuales auditadas?
¿Qué sucede en caso de impago del préstamo?
¿Una vez aprobado el préstamo, cuáles son los trámites a realizar y la documentación a aportar?
Tras la formalización, ¿cuándo se desembolsará el préstamo?


  • Financiación IVF

¿Qué tipo de instrumentos financieros podemos encontrar en IVF?                                      

Los instrumentos financieros ofrecidos por IVF son los siguientes:

-    Préstamo participativo
-    Préstamo ordinario
-    Microcréditos
-    Sociedades y fondos de capital riesgo

¿Qué Líneas de préstamos existen en el IVF?    

En http://www.ivf.gva.es/actividad-crediticia/lineas-de-financiacion se puede encontrar la descripción completa de las líneas de financiación que actualmente están en vigor.

¿Puedo financiar mi circulante a través de las Líneas de IVF?        

La Línea IVF Emprendimiento Innovador y la Línea IVF para autónomos y Pymes contemplan tanto la financiación de activos productivos como del circulante necesario para llevar a cabo la actividad.

Respecto al resto de las líneas, se contempla la financiación de las necesidades de circulante siempre que éstas formen parte del proyecto de inversión global o en el marco de un proyecto de expansión internacional.  

La financiación del IVF no podrá destinarse a reestructurar ni cancelar deudas financieras pre-existentes.
    
¿Qué es el Préstamo Participativo?                                                                                                    

Es un instrumento de financiación, a medio camino entre el préstamo tradicional y el capital riesgo, que refuerza considerablemente la estructura financiera de las empresas.

Regulado  por  el  Real  Decreto-ley  7/1996,  de  7  de  julio,  sobre  medidas  urgentes  de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica (Art.20), modificado en tres ocasiones, tiene como características principales:

•    La entidad prestamista percibirá un interés variable que se determinará en función de la evolución económico-financiera de la empresa prestataria. El criterio para determinar dicha evolución podrá ser: el beneficio neto, el volumen de negocio, el patrimonio total o cualquier otro que libremente acuerden las partes contratantes. Además, podrán acordar un interés fijo con independencia de dicha evolución.

•    Se sitúan después de los acreedores comunes en orden a la prelación de los créditos.

•    Los préstamos participativos se consideran patrimonio neto a los efectos de reducción de capital y liquidación de sociedades previstas en la legislación mercantil.

•    Las partes contratantes podrán acordar una cláusula penalizadora para el caso de amortización anticipada. En todo caso, el prestatario sólo podrá amortizar anticipadamente el préstamo participativo si dicha amortización se compensa con una ampliación de igual cuantía de sus fondos propios y siempre que éste no provenga de la actualización de activos.

De acuerdo con el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, todos los intereses pagados son deducibles del Impuesto sobre Sociedades.

Los préstamos participativos del IVF no son convertibles en acciones.

¿En qué se diferencia la financiación de IVF mediante un préstamo participativo de la realizada mediante un préstamo ordinario?

•    El préstamo participativo refuerza los fondos propios de la empresa, contribuyendo al equilibrio patrimonial.

•    En cuanto a la remuneración de la operación, el préstamo participativo contempla un tipo de interés variable, vinculado a la evolución económico-financiera de la empresa.

•    Por lo general, en los préstamos participativos no se exigen avales ni garantías.

•    Los préstamos ordinarios tienen un plazo de devolución mayor (hasta 15 años, frente a 7 de un préstamo participativo), y un diferencial que no depende de la rentabilidad de la empresa.

¿En qué se diferencia el préstamo participativo del capital riesgo?

•    El préstamo participativo posibilita la financiación de la empresa sin la participación de terceros en la gestión y control de la misma.

•    Los intereses son fiscalmente deducibles.

•    Elude  la  necesidad  de  valoración  de  la  empresa  en  las  etapas  de  inversión  y desinversión.

¿Qué ayudas concede el IVF?    

El IVF no concede directamente subvenciones.

¿El IVF concede leasing, renting o préstamos ICO?    

No. El IVF únicamente ofrece financiación en forma de préstamos ordinarios o participativos, microcréditos y avales.

¿De qué importe son los préstamos que ofrece IVF?                                                       

Los importes se sitúan entre 12.000 € y 1.000.000 € (si la empresa ha facturado en el último ejercicio auditado más de 6.000.000 euros). Consultar en la web el importe de cada una de las líneas de financiación.

¿Cómo se calcula el tipo de interés de los préstamos participativos del IVF?                                      

En el caso de los préstamos participativos el tipo de interés se aplicará en dos tramos:

•    Un primer tramo a un tipo fijo determinado por el EURIBOR anual más un diferencial. Su liquidación será por trimestres naturales.

•    Un segundo tramo de tipo variable, en base a la rentabilidad financiera obtenida por la empresa en el ejercicio al que corresponde la liquidación de intereses.

En el supuesto de que el % resultante del tipo variable resulte negativo, se considerará como tipo cero.

•    En ningún caso, la suma del tipo fijo más el variable excederá de 9 puntos porcentuales. Asimismo, el importe a pagar en concepto de parte variable no podrá ser superior al resultado del ejercicio antes de impuestos.

El tipo correspondiente al segundo tramo se liquidará, con carácter general, el 15 de diciembre de cada año. Para calcularlo, la prestataria deberá remitir al IVF una copia de las Cuentas Anuales, el Informe de Gestión, la Certificación del Acta de la Junta General en la que se aprueben las Cuentas Anuales, y en su caso, una copia del informe de auditoría externo. En caso de no presentarse la información señalada en el plazo previsto, se practicará la liquidación al tipo máximo.

Ejemplo de cálculo del tramo variable:

•    Tramo variable: Tipo de interés fijo del Euribor (p.ej. al 0,25%) más 3,5% de diferencial

•    Tramo variable:

Para su cálculo es necesario calcular las siguientes magnitudes, partiendo del siguiente ejemplo:
 
•    Fondos propios medios = Fondos propios al inicio del ejercicio + Fondos Propios al final del ejercicio, sin incluir resultado del ejercicio / 2 = (125.000 €+150.000 €)/2 = 137.500 €.

•    Rentabilidad = Resultado del ejercicio antes de impuestos / Fondos propios medios = (30.000 € / 137.500€) = 0,22 x 100 = 22%

Cálculo del diferencial a aplicar en el tramo variable:

Considerando el diferencial del tramo fijo en el ejemplo (3,5%), el diferencial a aplicar en el tramo variable se calcularía restando del % menor entre el tipo de interés máximo aplicable según condiciones de la línea (9%) y el % de rentabilidad resultante (en el ejemplo el 22%), el tipo de interés del tramo fijo: 3,5%, es decir, sería: 9% - 3,5% = 5,5%. Por tanto el tipo de interés aplicable del tramo variable del préstamo para el ejercicio base del cálculo sería el Euribor para depósitos a 1 año más 5,5% resultante del cálculo anterior. De forma que la suma del diferencial tipo del tramo variable más el diferencial del tramo fijo no excediese del límite máximo establecido del 9%.

¿Qué garantías son necesarias?                                                                                                          

Por lo general, en los préstamos participativos no se solicitarán garantías adicionales al propio proyecto empresarial, tan solo la responsabilidad general de la empresa.

Para el resto de préstamos ofrecidos por IVF, se podrá tomar cualquiera de las admitidas en Derecho, una vez analizadas la viabilidad de la empresa, el proyecto de inversión y la solvencia del solicitante. Como norma general, no se tomarán como garantía fianzas personales.

¿Qué comisiones tienen los préstamos?
                                         
En función de cada Línea se aplican distintas comisiones, siendo las principales las siguientes:
 
-    comisión de apertura sobre el importe del préstamo formalizado
-    comisión por amortización anticipada (en caso de préstamos participativos)
 
¿Qué plazo de vencimiento tienen las operaciones?                                                                   

Las operaciones pueden llegar a tener un plazo de vencimiento de hasta 15 años, en función de la línea de financiación, la finalidad de la misma, las características del proyecto empresarial y sus previsiones económico-financieras.

¿De qué plazo puede ser la carencia de las operaciones?                                                                                               

De hasta 3 años, incluidos en el plazo de vencimiento del préstamo, en función de la línea de financiación, la finalidad de la misma, las características del proyecto empresarial y sus previsiones de cash-flow.

¿Cuándo recibe la empresa los fondos?                                                                                           

La disposición de los fondos se hará una vez firmado el préstamo ante notario, previa solicitud por parte de la empresa, una vez cumplidos los requisitos, que en su caso, se hayan establecido en el acuerdo de aprobación del préstamo y tras la acreditación de la ejecución del plan de inversión.

¿Puedo cancelar anticipadamente el préstamo?                                                                        

Sí, tanto parcial como totalmente, sin coste alguno en el caso de los préstamos ordinarios y microcréditos. No es así en los préstamos participativos, en cuyo caso se tendrá que abonar la correspondiente comisión de amortización anticipada del préstamo y para restituir su solvencia financiera, la empresa, deberá compensar dicha amortización anticipada con una ampliación de sus fondos propios equivalente al importe amortizado.

¿Se puede solicitar simultáneamente financiación a través de diferentes líneas?

No. Únicamente se podrá solicitar financiación a través de la línea que se considere se adecua mejor a su perfil. Sin embargo, una vez recibida la solicitud, IVF podrá redirigirla a otra línea, que valore más apropiada al proyecto.

¿Es  posible  que  IVF  conceda  financiación  por  una  cuantía  mayor  a  lo solicitado en el formulario de solicitud?

No. La financiación concedida por IVF nunca será superior al importe solicitado. Sin embargo, sí puede ser inferior.

¿IVF participa en entidades de capital riesgo?                                                            

Sí. Dentro de la estrategia inversora de IVF, destaca el apoyo a iniciativas público/privadas de captación de fondos para entidades de capital riesgo como vehículos de financiación de proyectos empresariales con elevado potencial de crecimiento.

Actualmente el IVF participa en 3 entidades de capital riesgo en fase de inversión. http://www.ivf.gva.es/actividad-crediticia/capital-riesgo

¿Qué  hay  que  hacer  si  una  empresa  está  interesada  en  un  fondo  de capital riesgo?

Pueden dirigir su consulta a inversiones_ivf@gva.es.
    
  • Operativa IVF

¿Cómo se tramitan los préstamos del IVF?    

Las solicitudes de financiación se tramitarán directamente con el IVF, y se deberán presentar ante el registro del IVF o siguiendo las instrucciones que se indiquen en su página web.

En el caso de la línea de microcréditos, para la cual se requiere el aval de la SGR o de una entidad bancaria, su estudio deberá iniciarse en la entidad emisora del aval, quien remitirá la solicitud al IVF una vez aprobado el mismo.

La solicitud deberá estar cumplimentada en su totalidad, rellenando todos sus campos y se acompañará de la documentación relacionada en la misma.

No se iniciará el estudio de expedientes incompletos. El expediente incompleto quedará anulado, transcurridos 30 días desde la solicitud de financiación.

Una vez comprobado que el formulario de solicitud de financiación y la documentación están  completos,  el  proyecto  se  trasladará  al  área  de  análisis  para que estudie la operación y, en su caso, solicite la información complementaria que fuera precisa.

Si fuera necesario, IVF se pondrá en contacto con el interesado para solicitarle información complementaria o cualquier otra aclaración.

Desde IVF se realizará el análisis de la operación solicitada, se comunicará su resolución al interesado y en su caso se procederá a la formalización y desembolso del préstamo.

¿Cuáles son las fechas de presentación de las solicitudes?                                                           

Las solicitudes pueden ser presentadas durante todo el año, las Líneas que se ofrecen no están sujetas a ningún tipo de convocatoria.

¿El IVF financia un proyecto empresarial al 100%?                                                                    

No. Con carácter general, el importe máximo a financiar no superará el 75% del proyecto, promoviéndose la cofinanciación tanto con los promotores del proyecto, como con inversores privados, otros organismos oficiales, entidades financieras, etc.
En el caso de anticipo de subvenciones, se contempla el anticipo del 100% del importe de la subvención a anticipar.

¿La obtención de la financiación del IVF es compatible con otros préstamos o ayudas?

Los préstamos IVF son compatibles con cualquier tipo de préstamo existente en el mercado y con cualquier otra fuente de financiación pública y privada. Se valorará positivamente la cofinanciación de proyectos con otros organismos públicos o privados.

¿Es necesario un aval para obtener financiación?                                                                       

El aval solo se considera requisito imprescindible para la obtención de financiación en la Línea IVF para autónomos y PYMES.

En el resto de Líneas, se tomarán como garantías cualesquiera de las admitidas en Derecho, una vez analizada la viabilidad del proyecto de inversión, la solvencia de la empresa solicitante y las características del préstamo solicitado. Como norma general, no se tomarán como garantía fianzas personales.

¿Qué empresas deben presentar cuentas anuales auditadas?

Todas aquellas que tengan la obligación legal de auditarse, es decir, cuando la empresa cumpla durante dos ejercicios consecutivos a la fecha del cierre de cada ejercicio dos de los tres requisitos que se indican a continuación:
–   Cuando el total de sus activos superen los 2.850.000 de euros.
–   Cuando el importe neto de la cifra de negocios supere los 5.700.000 de euros.
–   Cuando el número medio de trabajadores durante el ejercicio supere los 50.

¿Qué sucede en caso de impago del préstamo?    

El IVF ejercerá las acciones legales que le correspondan para el recobro de la operación, ejecutando en su caso las garantías aportadas.

Una  vez  aprobado  el  préstamo  ¿cuáles  son  los  trámites  a  realizar  y  la documentación a aportar?

Una vez acreditado el cumplimiento de las condiciones específicas aprobadas en la concesión del préstamo y aportada la documentación requerida por el departamento legal, la formalización se llevará a cabo ante notario mediante la firma de la escritura de préstamo o mediante póliza elevada a público, en el caso de la Línea IVF para autónomos y PYMES.

Con carácter general, para formalizar el préstamo la empresa deberá aportar:

•    Copia de la escritura de constitución de la sociedad inscrita en el Registro Mercantil y posteriores, en su caso, que afecten a la persona jurídica (cambio de domicilio, de denominación, etc.).

•    Original de Acta notarial de manifestaciones sobre titularidad real expedida a tal efecto.

•    Copia del documento acreditativo de facultades suficientes para la formalización del préstamo del firmante/es si es distinto de la escritura de constitución.

•    Copia del DNI del firmante/s o, en su caso, pasaporte/carta de identidad + NIE

•    Documento de domiciliación bancaria (SEPA) cumplimentado y firmado por la empresa y certificado bancario de titularidad de la cuenta corriente cumplimentado por la entidad financiera en la que se domiciliarán los pagos.

•    Resumen del proyecto de inversión con la valoración de sus capítulos, firmado y sellado por la empresa (no más de una página a doble cara).

Tras la formalización, ¿cuándo se desembolsará el préstamo?

Una vez formalizado el préstamo, la empresa podrá solicitar el desembolso del mismo remitiendo una solicitud de desembolso según modelo disponible en la página web del IVF.  

El periodo de disposición no podrá superior a la carencia concedida en la financiación.

El IVF procederá al desembolso de la operación una vez la empresa haya acreditado la ejecución del proyecto de acuerdo con la solicitud presentada y el porcentaje de financiación que el préstamo del IVF represente en la estructura de financiación.

En el caso de anticipo de subvenciones, se permitirá un primer desembolso de hasta el 50% del importe de la subvención a anticipar, condicionando el desembolso del resto del préstamo a que la empresa pueda aportar la justificación de los costes subvencionables.