General Information

En la Subdirección de Entidades Financieras se realizan las funciones relativas al control, inspección y disciplina de las entidades financieras cuya supervisión prudencial es competencia de la Generalitat (Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito y Cooperativas con Sección de Crédito), en los términos que dispone la legislación estatal. Estas funciones están actualmente atribuidas al IVF mediante el artículo 171.2.2.g) de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.

Todas estas funciones tienen su fundamento jurídico, especialmente, en los artículos 49.1.34 y 50.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, y se han ido materializando en diversas normas legales que han desarrollado las competencias estatutarias de la Generalitat sobre las entidades financieras.

En el caso de las Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito, las competencias administrativas son compartidas con el Banco de España.